Tenemos la respuesta

Pregunta lo que necesites

El 1 de noviembre de 2023 él Ministerio de él Interior comunicó lana ampliación de él periodo de adaptación a lana nueva plataforma SES.HOSPEDAJES asta él 1 de octubre de 2024 por lo que continúan vigentes todos los sistemas de transmisión válidos asta ahora.

Compartimos el enlace con la información completa aquí.

  1. Estar amueblada y dotada de los aparatos necesarios para su utilización inmediata.
  2. Contar con calefacción en todas las dependencias de uso de la clientela, que deberá funcionar siempre que la temperatura ambiente lo requiera, excepto que se alquile exclusivamente en verano (junio-septiembre).
  3. Número de teléfono 24 horas para atención al/a la usuario/a turístico/a por sí surge alguna incidencia en la vivienda.
  4. Servicio de asistencia y mantenimiento de la vivienda.
  5. Rótulo informativo de la disponibilidad de las hojas de reclamación de turismo y tener la copia de la declaración responsable de inicio de la actividad donde conste el registro de entrada que deberán exhibirse en un lugar visible y fácilmente accesible para las personas usuarias.

Tiene que darse de alta como pensión y cumplir la normativa vigente para pensiones.

Para alquilar una vivienda de uso turístico tienes que cumplir el Decreto 12/2017 do 26 de xaneiro, por el que se establece la ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico en la Comunidad Autónoma de Galicia . Si no la registras, estás alquilando “ilegalmente” y haciendo competencia desleal a los que sí están registrados.

Que te arriesgas a ser sancionado/a con multas conforme a la Ley 7/2011, del 27 de octubre del turismo de Galicia. Podrán ser impuestas al propietario/a y la persona o empresa que la comercializa.

Todas las viviendas de uso turístico tienen un código de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El código de inscripción dispone de unas firmas dependiendo de las provincias en las que se encuentre:

  • Provincia de A Coruña el código comienza por VUT-CON El-XXXXXX
  • Provincia de Lugo el código comienza por VUT-LU-XXXXXX
  • Provincia de Ourense el código comienza por VUT-O-XXXXXX
  • Provincia de Pontevedra el código comienza por VUT-PO-XXXXXX

Cualquier ciudadano/a puede poner en conocimiento de las autoridades competentes la realización de una actividad de manera fraudulenta.

Se puede informar del contenido de la HOJA-REGISTRO telemáticamente dándose de alta en alguna de las siguientes plataformas:

 

La nueva web HOSPEDAJES SES no será de aplicación hasta octubre de 2024, por una reciente notificación del Ministerio aplazando la obligatoriedad de utilizarla a partir de enero 2024.

Guía de activación de HOSPEDAJES SES

Sí, todas las viviendas de uso turístico tienen el deber de publicar el correspondiente código de inscripción en todos los portales de reservas físicos y digitales. Los inspectores de Turismo comprueban de manera constante que los alquileres cumplan con la normativa vigente.

Es un documento que puedes encontrar en el Anexo V del Decreto 12/2017 de 26 de enero , por lo que se establece la ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico en la Comunidad Autónoma de Galicia en el que el propietario de la vivienda de uso turístico declara sus datos, los datos de la vivienda de uso turístico que alquila, datos de la persona física o jurídica que la comercializa. Si la vivienda de uso turístico la comercializa más de una persona física o jurídica deberá cubrir el Anexo VIII.

Además en la declaración responsable la persona solicitante declara estar en posesión de:

  • Documento acreditativo de la personalidad jurídica del/de la solicitante.
  • Título o contrato que pruebe la libre disponibilidad por parte del/de la titular de la vivienda de uso turístico.
  • Título suficiente para comercialización de la vivienda de uso turístico por parte de la persona o empresa que la comercializa, si es el caso.
  • Disponer de seguro de Responsabilidad Civil (RC) para VUT
  • Que la vivienda de uso turístico cuenta con licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad o certificado final de obra expedido por personal técnico competente en el que se acredite que las obras se ejecutaron de conformidad con la licencia municipal otorgada o certificado municipal que acredite que la edificación reúne las condiciones técnicas y urbanísticas para su destino a vivienda, o informe municipal o autonómico competente, acreditativo de que no se adoptaron medidas de restauración de legalidad urbanística o ambiental.

Por vía telemática:

O presencialmente:

Cualquier cambio en la declaración responsable es obligatorio comunicarlo cubriendo el ANEXO V en el apartado DATOS QUE SE MODIFICAN.

La tasa de la Agencia Turismo de Galicia es de 60,98 € para el año 2023.
La tasa se actualiza cada año.

No. Se paga una vez para siempre.

Por vía telemática:
En la oficina virtual de Atriga, (Axencia Tributaria de Galicia):

  • Sin certificado digital: Atriga
  • Con certificado digital: Atriga

 

O presencialmente:
Relación de entidades financieiras colaboradoras con la Agencia Tributaria de la Xunta de Galicia:

  • Abanca
  • Banco Caixa Geral
  • Banco Sabadell
  • Banco Santander
  • Bankia
  • BBVA
  • Caixabank
  • Caja Rural Galega
  • Caja Rural Zamora
  • Evo Banco
  • Ibercaja
  • Targobank
  • Código de la Consellería: 04 Presidencia, Xustiza y Turismo
  • Código de la Delegación: Varía según la delegación de la Xunta de Galicia:
    A Coruña 10 / Ferrol 11/ Lugo 20 / Ourense 30 / Pontevedra 40/ Vigo 41 / Vilagarcía de Arousa 42 / Servizos Centrais 13
  • Código de Servicio: 07 Axencia Turismo de Galicia
  • Denominación de la Tasa: Vivenda de Uso Turístico
  • Código de la Tasa: 311901

Queres Legalizar?

Fala Connosco!